miércoles, 29 de febrero de 2012

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SAMANIEGO, MARÍA ISABEL 8-789-1590
VERANO
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ
ENERO 2012
1. ¿Importancia/ propósito de la supervisión en los centros escolares?
La tarea supervisora constituye un proceso que implica, en principio, un examen, un análisis, una valoración cuidadosa y objetiva de la prestación del servicio que se oferta para que con base en sus resultados se promuevan las actividades de aprendizaje y enseñanza necesarias para cumplir con éxito la tarea escolar.
Supervisión no es una actividad de fiscalización y marcada autoridad sobre el personal supervisado, es un proceso único e integral, cuya acción va dirigida a asesorar, ayudar, apoyar a compartir, a contribuir para que el docente en servicio progrese en su propia formación y en el mejor desempeño de los actos pedagógica que le faciliten el desarrollo de los aprendizajes y el logro de los objetivos educacionales. El progresar y hacer progresar, es una acción permanente orientada para conocer, investigar, asesorar, estimular, dar y difundir lo que los demás están en capacidad de ofrecer y fundamentalmente es un servicio público, útil, un proceso democrático donde un grupo de individuos trabajan mancomunadamente en pos de la construcción y logro de metas.
Las funciones de la supervisión Educativa las encontramos diseñadas en los artículos 17°, 20°, 28° y 31° del Reglamento según los niveles de ejecución.
Del análisis de los artículos señalados y del aporte de investigadores educativos se puede establecer que la supervisión Educativa debe cumplir tres funciones técnicas esenciales interrelacionadas.
v Función de verificación y evaluación: Implica el desarrollo de acciones de diagnóstico que permitan decidir sobre el fenómeno educativo.
v Función de Información: Es el intercambio de mensajes significativos entre supervisor y supervisado y/o con información a los órganos intermedios o instancias superiores del Sector, para facilitar la toma de decisiones y retroalimentar el proceso educativo o actualizar el archivo pertinente.
v Función de asistencia técnica: Referida a los servicios de orientación, asesoramiento, apoyo, ayuda o mejoramiento en base a los resultados de la verificación y evaluación:
ü La Orientación permite establecer y mantener la direccionalidad de un proceso, en función de fines, objetivos y metas.
ü El Asesoramiento es un servicio de esclarecimiento dirigido a posibilitar la toma de decisiones.
ü El Apoyo implica favorecer el mejoramiento del servicio. La Ayuda significa auxiliar a otro para que logre algo. El Mejoramiento o capacitación al personas
2. ¿Supervisión y calidad en la educación: Métodos y técnicas?
El supervisor es la clave de la comunicación correcta en cualquier organización. Es el centro de mensajes por el que tiene que pasar la información. Tiene que canalizar la información en sentido ascendente para sus superiores, con el fin de que estos puedan tomar decisiones inteligentes, y en sentido descendente para los subordinados, con el fin de que estos sepan realmente cual es el trabajo que deben hacer, cuando y como tienen que hacerlo.
La capacidad del supervisor para comprender a sus empleados y trabajar eficazmente con ellos y con las personas con quienes está en contacto determinara, en gran medida, su éxito o su fracaso.
Uno de los factores más importantes que contribuirán al éxito del supervisor en todo cuanto haga es poseer y saber usar sus cualidades de orientador y guía.
He aquí algunas de las técnicas y metodologías que debe utilizar y poseer el supervisor:
1.- Estar bien enterado de las personas y su trabajo.
2.- Tener confianza en sí mismo.
3.- hacer hincapié en la actividad esforzada y constante.
4.-Tener actitudes objetivas.
5.- Ser sencillo
6.- Ser capaz y tomar decisiones acertadas
7.- Estar dispuesto a emprender una acción contraria cuando sea necesario.
8.- Ser capaz de resistir presiones, en realidad estás llegan a ser más cualidades al momento de adquirir experiencias como supervisor.
Las técnicas en sí ya han sido previamente estipuladas por la autoridad educativa que nos regenta en este caso el Ministerio de Educación y conforme a los aspectos y características tomando en consideración nuestras destrezas, aptitudes y actitudes es que nos desarrollaremos.
El supervisor debe basarse teniendo en cuenta los objetivos y principios que habrán de aplicarse y que deban realizarse mediante el empleo de varias técnicas, por ejemplo:
El supervisor no puede hacer un proyecto sin considerar todos y cada uno de los factores que tienen relación con los objetivos de la actividad planeada o que impiden el logro del mismo. Esto debe abarcar una toma de decisiones, orientación, coordinación, comprensión de los empleados administrativos, los educadores, el director y otras diversas actividades relacionadas entre sí.
Lo fundamental, entonces, es que el supervisor debe seguir los principios y aplicar los métodos y técnicas de supervisión de modo que todos los conocimientos, especializaciones y aptitudes que les son propios se utilicen para determinar la acción que debe emprender en cada una de las situaciones a las que se enfrente, esta es la razón que hace de la supervisión un trabajo difícil y exigente. Nunca será demasiado recalcar su importancia.
Otras técnicas y Métodos utilizados son:
Conocimiento del Trabajo: Esto implica que debe conocer la
tecnología de la función que supervisa, las características de los materiales, la calidad deseada, los costos esperados, los procesos necesarios, etc.
Conocimiento de sus Responsabilidades: Esta característica es de gran importancia, ya que ella implica que el supervisor debe conocer las
políticas, reglamentos y costumbres de la empresa, su grado de autoridad, sus relaciones con otros departamentos, las normas de seguridad, producción, calidad, etc.
Habilidad Para Instruir: El supervisor necesita adiestrar a su
personal para poder obtener resultados óptimos. Las informaciones, al igual que las instrucciones que imparte a sus colaboradores, deben ser claras y precisas.
Habilidad Para Mejorar Métodos: El supervisor debe aprovechar de la mejor forma posible los
recursos humanos, materiales, técnicos y todos los que la empresa facilite, siendo crítico en toda su gestión para que de esta manera se realice de la mejor forma posible, es decir, mejorando continuamente todos los procesos del trabajo.
Habilidad para Dirigir: El supervisor debe ser un líder para su personal, dirigiéndolo con la confianza y convicción necesaria para lograr credibilidad y colaboración de sus trabajos.
La supervisión implica técnicas en las cuales se debe:
Proyectar: Se debe programar o planificar el trabajo del día, establecer la prioridad y el orden, tomando en cuenta los recursos y el
tiempo para hacerlo, de igual forma el grado de efectividad de sus colaboradores, así como la forma de desarrollar dicho trabajo dentro de su departamento. Proyectar en el corto, mediano y largo plazo. es uno de los pilares fundamentales para el éxito de cualquier supervisor.
Dirigir: Esta función comprende la delegación de autoridad y la toma de decisiones, lo que implica que el supervisor debe empezar las buenas relaciones humanas, procurando que sus instrucciones claras, específicas, concisas y completas, sin olvidar el nivel general de habilidad de sus colaboradores.
Desarrollar: Esta función le impone al supervisor la responsabilidad de mejorar constantemente a su personal, desarrollando sus aptitudes en el trabajo, estudiando y analizando métodos de trabajo y elaborando planes de adiestramiento para el personal nuevo y antiguo, así elevará los niveles de
eficiencia de sus colaboradores, motivará hacia el trabajo, aumentará la satisfacción laboral y se lograra un trabajo de alta calidad y productividad.
Controlar: Significa crear
conciencia en sus colaboradores para que sea cada uno de ellos los propios controladores de su gestión, actuando luego el supervisor como conciliador de todos los objetivos planteados. Supervisar implica controlar. El supervisor debe evaluar constantemente para detectar en qué grado los planes se están obteniendo por él o por la dirección de la empresa.
Los supervisores actúan como jueces y como solucionadores de problemas en el proceso de control en La organización Educativa. Los supervisores cumplen 2 funciones: en el primer rol, actúan como un juez observando lo que sucede en el departamento para ver si las actitudes, condiciones y resultados se llevan a cabo como se esperaba. En el segundo rol, actúan al solucionar problemas y tomar decisiones. Esto se hace con el fin de averiguar porque no salió bien algo y luego decidir qué hacer al respecto.
La planeación y el control son inseparables: los gemelos siameses de
la administración. La acción no planeada no puede controlarse, porque el control requiere mantener encauzadas las actividades, corrigiendo las desviaciones de los planes iniciales. Cualquier intento por controlar sin planes no tendría sentido, puesto que no se podría saber si se va a donde se desea ir la tarea del control, a menos que se sepa de antemano a donde se quiere ir la tarea de la planeación. Los planes proporcionan, por tanto, los estándares de control.
Algunos principios más importantes de la supervisión son:
1. Consideradas funcionalmente, la dirección y supervisión no pueden separarse ni establecerse aparte una de otra. Son funciones coordinadas, complementarias y mutuamente compartidas en el funcionamiento de cualquier organización.
2. La dirección se ocupa de condiciones y
operaciones en general; por lo común, la supervisión se ocupa de mejorar un trabajo o labor en particular.
a. La supervisión deberá estimular la dativa, la confianza en sí mismo responsabilidad de cada persona e desempeño de sus
obligaciones.
b. La supervisión debe proporcionar oportunidades para ejercitar la originalidad y para fomentar contribuciones singulares de auto expresión creadora. Debe buscar y desarrollar habilidades innatas.
c. La supervisión debe determinar
procedimientos y acciones basándose en las necesidades de cada situación.
d. La supervisión debe conformar y manipular expresamente el ambiente de trabajo para que se logren los mejores resultados.
3. La supervisión tiene que ser creativa.
4. La supervisión debe realizarse a través de una serie de actividades orientadas, proyectadas, programadas y ejecutadas en conjunto.
Esto no equivale a decir que los métodos o técnicas son innecesarios o que carecen de importancia. Nada podría realizarse si se careciera de métodos y técnicas. Estos constituyen el aspecto cambiante y fluctuante de la acción supervisora. Sin embargo, en su origen se encuentran los principios más permanentes y fundamentales que gobiernan el uso de los métodos y las técnicas y que, a la larga, determinan el éxito o el fracaso.
En primer lugar el supervisor debe expresar primero confianza en que los educadores así como también en el director del plantel educativo, Los supervisores necesitan alertar a estos individuos, indicándole las fallas en las que incurren para que las corrijan para así poder desarrollar las funciones del puesto.
3. ¿La supervisión en panamá?
El marco legal de la supervisión en Panamá se encuentra en el capítulo VIII del texto único de la ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, la cual dedica tres artículos a la supervisión educativa. El decreto 100, de 14 de febrero de 1956, que contienen las funciones de los inspectores auxiliares, que corresponde a las funciones de los supervisores.
Entre los artículos esta el 348. En donde podemos resumir que la supervisión es el nivel de acción orientadora, evaluativa y sistemática de todos los niveles del sistema educativo. Se caracteriza por su técnica innovadora, permanente, científica y creativa y tiene por objeto prioritarario el mejoramiento del proceso aprendizaje-enseñanza en todos sus aspectos, para el logro de objetivos y metas del sistema educativo en beneficio del desarrollo nacional.
Artículo 349: el ministerio de educación proporcionará a la supervisión educativa los recursos necesarios y tendrá un mecanismo de trabajo la investigación y el perfeccionamiento a los docentes para garantizar la eficiencia y eficacia del servicio e igual se puede brindara asesoramiento permanente y sistemático, objetivo y practico en atención a los aspectos técnico-docente, administrativos y sociales basados en planes específicos que permitan una orientación acorde a a las necesidades prioritarias del sistema vigente.
Artículo 350: en donde se destaca que la supervisión estará a cargo de funcionarios denominados supervisores de4 educación, quienes ejercerán sus respectivas funciones a nivel nacional, regional y local tanto en las escuelas oficiales como particulares.
En cuanto a la situación actual de la supervisión educativa:
Por medio de ella el conocimiento del desarrollo del proceso educativo es aprehendido en toda su dimensión. Precisamente la ausencia de una labor efectiva y científica de la supervisión escolar, constituye parte eficiente de la crisis por la que atraviesa el sistema educativo en Panamá. El supervisor escolar debe estar dotado de una serie de condiciones: formación académica, conocimiento de la tarea de supervisión, comprensión de la filosofía del sistema educativo y principalmente del compromiso con la educación nacional como lo indica y sobre todo está plasmado en la ley 100 de educación.Sería importante que el MEDUCA, tanto a los niveles regionales como el de la Dirección Nacional de Colegio Particulares, expusieran los avances-si los hay- que se han dado en la materia referida a la supervisión, o en otro sentido explicitar como han llevado a cabo la misma, si es que en verdad se ha realizado. Pareciera que la supervisión escolar no alcanza a los colegios particulares. Como por ejemplo en el Colegio La Salle de Margarita en Colón, cuando ante una situación relacionada con un docente del área de Matemáticas, solicitamos respetuosamente se nos informara, si existía un programa de supervisión a lo interno, que permitiera conocer, ¿qué se enseñaba? y ¿cómo se enseñaba?, pero además si había un control de la planeación de las actividades académica. Jamás recibí respuesta, lo que evidenciaba que no había organización y que se pudiera estar improvisando al margen de lo estipulado en la Ley Orgánica de Educación que señala que los Colegios Particulares deben desarrollar los mismos programas que se ejecutan en los colegios públicos. No obstante, los colegios particulares actúan con su propia lógica, más mercantilista y menos pedagógica, conceptuando que pueden hacer lo que le venga en gana para fortalecer el negocio. Ese docente sin importarle la suerte de los estudiantes, los ha sometido a desarrollar proyectos fuera del horario de clases, en lugares ajenos a sus hogares, provocando que lleguen a sus casas a altas horas de la madrugada.
Dando este ejemplo nos damos cuenta que la supervisión les falta mas organización, para que se dé una educación eficiente en todos los niveles educativos tanto local, regional y nacional.
Por medio de ella el conocimiento del desarrollo del proceso educativo es aprehendido en toda su dimensión. Precisamente la ausencia de una labor efectiva y científica de la supervisión escolar, constituye parte eficiente de la crisis por la que atraviesa el sistema educativo en Panamá. El supervisor escolar debe estar dotado de una serie de condiciones: formación académica, conocimiento de la tarea de supervisión, comprensión de la filosofía del sistema educativo y principalmente del compromiso con la educación nacional . Sería importante que el MEDUCA, tanto a los niveles regionales como el de la Dirección Nacional de Colegio Particulares, expusieran los avances-si los hay- que se han dado en la materia referida a la supervisión, o en otro sentido explicitar como han llevado a cabo la misma, si es que en verdad se ha realizado. Pareciera que la supervisión escolar no alcanza a los colegios particulares. Al menos así lo advertimos en el Colegio La Salle de Margarita en Colón, cuando ante una situación relacionada con un docente del área de Matemáticas, solicitamos respetuosamente se nos informara, si existía un programa de supervisión a lo interno, que permitiera conocer, ¿qué se enseñaba? y ¿cómo se enseñaba?, pero además si había un control de la planeación de las actividades académica. Jamás recibí respuesta, lo que evidenciaba que no había organización y que se pudiera estar improvisando al margen de lo estipulado en la Ley Orgánica de Educación que señala que los Colegios Particulares deben desarrollar los mismos programas que se ejecutan en los colegios públicos. No obstante, los colegios particulares actúan con su propia lógica, más mercantilista y menos pedagógica, conceptuando que pueden hacer lo que le venga en gana para fortalecer el negocio. Es impensable que por largo tiempo, los estudiantes del Colegio La Salle de Margarita en Colón hayan tenido que someterse a los desafueros de un profesor de Física, que amparado por la Dirección del plantel ha desarrollado la técnica del fracaso, como una manera de lograr más ingreso para las arcas del colegio. Ese docente sin importarle la suerte de los estudiantes, los ha sometido a desarrollar proyectos fuera del horario de clases, en lugares ajenos a sus hogares, provocando que lleguen a sus casas a altas horas de la madrugada. Pareciera que el MEDUCA no ha advertido este asunto, y si tiene conocimiento sobre el mismo ha preferido el silencio, sin saber porqué. Allí ha fallado la supervisión escolar que no ha sido capaz de conocer lo que se está dando de manera escandalosa en el Colegio La Salle de Margarita en Colón, ha fallado la Dirección del Colegio, la cual tiene conocimiento absoluto de lo que está ocurriendo y ha preferido amparar esta situación, han fallado los padres de familia que por temor a las represalias han guardado silencio, prefiriendo el murmullo o la queja lastimera que no pasa del pasillo. Urge la intervención del MEDUCA, del Ministerio de la Familia, los Juzgados de Menores, y la Defensoría de Pueblo, para que se hagan las investigaciones pertinentes y se establezcan las responsabilidades del caso, frente al desconocimiento de los derechos de los menores violentados en el Colegio La Salle de Margarita en Colón
Está estipulado en el artículo 14 del decreto 100 en donde la supervisión tiene por objeto el mejoramiento de la enseñanza en todos sus aspectos y se rige por normas en donde se enfocara la atención a diversos elementos como lo son el alumno, el ambiente, el maestro o profesor y sobre todo el programa. Sera esta el verdadero papel del supervisor velar por el mejoramiento de una educación eficaz teniendo en cuenta los elementos antes mencionados.
Entre el número de visitas que debe hacer los funcionarios de supervisión de educación primaria y secundaria, será determinado por las necesidades de la zona o circuito que tienen que atender es así como queda plasmado en el articulo 24 en el numeral 1 : para estudiar los problemas educativos que confrontan los maestros y ayudarlos mediante indicaciones y sugestiones, el supervisor dedicara a realizar visitas, no menso de 75% de los días hábiles de cada mes.
La actuación del supervisor en particular como garante de los procesos educativos en el aula de clases, así como para medir la efectividad de la labor permanente de los docentes es así como el supervisor observa la planificación docente, didáctica del proceso del proceso enseñanza y aprendizaje, evaluación y calificación. Es así como el supervisor esta destinado a guiar, orientar estimular, controlar y evaluar el proceso educativo de modo que los objetivos previstos lleguen a concretarse con eficacia.
En un periódico de la localidad se publico hace un tiempo lo siguiente en relación a los recursos que mantiene un supervisor:
Esta realidad, dura y pesimista, hace que el (la) supervisor (a) sea duramente cuestionado en sus funciones, porque producto de esta des valoración prevalece la falta de una verdadera política educativa "no partidista".
Además, los supervisores que se jubilan no son reemplazados de acuerdo a las normativas legales, y su escala salarial no ha sido revisada desde el año 1957, es decir, hace medio siglo.
Con el alto costo de la vida los supervisores (as) perciben un salario muy bajo, mientras que jugosos aumentos se conceden a funcionarios con funciones menos relevantes.
Los supervisores nacionales y regionales están impedidos de cumplir con sus funciones en algunas áreas urbanas y rurales, debido a que la suma que reciben para su movilización es irrisoria, totalmente en desacuerdo con los altos costos del combustible.
Los gobernantes hacen alarde de los millones que se destinan a la educación, la inversión en recursos, capacitaciones nacionales e internacionales, creación de programas y proyectos con alcance en su período de gestión, pero en ningún momento se han detenido a considerar el fortalecimiento de la supervisión educativa, como el agente dinámico, asesor, orientador y el verdadero evaluador de la calidad de la educación.
Por ley, es el supervisor quien entra al aula de clases y puede dar fe de los resultados de los proyectos educativos.
La supervisión en el sistema educativo es el eje que impulsa las acciones de mejoramiento y perfeccionismo del currículo; su papel fundamental es el de determinar situaciones, descubrirlas y emitir juicios sobre cómo debe procederse en cada caso, es el mejoramiento de todo el proceso enseñanza-aprendizaje.
Le corresponde entonces al supervisor (a) asegurar que una persona o un grupo de personas realicen una buena tarea, su guía debe inspirar constantemente al personal para que se ejecute el trabajo de común acuerdo.

1 comentario:

  1. Enlace al trabajo No.1.

    https://docs.google.com/document/d/1qk3mqZWNrUQdQTmoV-2XbieeIxhk-OYsJTCJpH4yGEw/edit

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